¡Las empresas deberán decidir los puestos que no acatarán los feriados del APEC! (Foto: istockphoto.com)
Las entidades y empresas privadas que realicen labores indispensables para la sociedad podrán determinar los puestos de trabajo excluidos de los días no laborables (del jueves 17 al sábado 19 de noviembre) y los trabajadores que deban laborar en esas fechas para garantizar la continuidad de sus servicios.
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La medida abarca los servicios sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe, gas y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones.
También, transporte, puertos, aeropuertos, seguridad, custodia y traslado de valores y expendio de víveres y alimentos.
La misma medida se aplica también a los hoteles y establecimientos de hospedaje que reciban y presten servicio a huéspedes.
En cuanto a la recuperación de horas se sujeta a parámetros de razonabilidad y no afecta el descanso semanal obligatorio del trabajador.
“En ningún caso, el tiempo de trabajo que comprende la recuperación de horas podrá ser mayor al periodo dejado de laborar”, precisa el decreto supremo publicado en el diario oficial El Peruano.
Agrega el decreto supremo que están exceptuadas de los días no laborables declarados por la realización de la Cumbre APEC aquellas labores indispensables, en todo tipo de empresa, cuya paralización ponga en peligro a las personas, la seguridad o conservación de los bienes o impida la reanudación inmediata de la actividad ordinaria de la empresa.
Fuente: Andina
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